Cumpliendo lo estipulado en el Plan de Descontaminación Ambiental para el Valle Central de región de O’Higgins, el director regional de CONAF, Óscar Galdames Flores, informó que en julio, agosto y mediados de septiembre están totalmente prohibidas las quemas agrícolas en diversas comunas de las provincias de Cachapoal y Colchagua.
En Cachapoal, estas comunas corresponden a Codegua, Coinco, Coltauco, Doñihue, Graneros, Machalí, Malloa, San Francisco de Mostaza, Olivar, Quinta de Tilcoco, Rancagua, Rengo, Requínoa y San Vicente de Tagua Tagua. En el caso de Las Cabras, Peumo y Pichidegua, las quemas están prohibidas solo hasta fines de agosto.
La autoridad precisó que en Colchagua, el calendario de prohibición rige durante julio, agosto y mediados de septiembre en las comunas de San Fernando, Chimbarongo y Placilla.
El resto de las comunas podrá seguir solicitando avisos de quema controlada a CONAF, hasta el 30 de noviembre, siempre que la autoridad técnica así lo establezca, de lo contrario, se exponen a multas y sanciones.
Óscar Galdames explicó que el uso del fuego para la quema de residuos agrícolas y forestales se rige por el Reglamento de Roce a Fuego, normativa que es administrada por CONAF y que considera que es posible el uso del fuego de manera controlada durante otoño e invierno, debido a la presencia de condiciones menos favorables para la ocurrencia de incendios.
“De manera permanente en CONAF hemos realizado fiscalizaciones y monitoreos, lo cual nos ha permitido evaluar las condiciones en que se realizan estas quemas y evitar quemas ilegales, como son los casos recientes en las comunas de Nancagua y Chépica durante esta semana, en las cuales hemos logrado paralizarlas”. Óscar Galdames precisó que “hasta ahora se han solicitado 433 avisos de quema y se ha quemado una superficie de mil 703 hectáreas”.
El trámite no tiene costo
Para obtener este aviso, la comunidad interesada debe tener inscrito su predio en CONAF. El trámite no tiene costo y se debe realizar en las oficinas receptoras que están dispuestas para estos fines, con el rol del predio, nombre y ubicación, cédula de identidad, certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces del lugar de ubicación del inmueble o título que acredite la posesión sobre el predio. Si no se cuenta con este último documento, se puede presentar el talón de pago de las contribuciones o declaración de impuestos de renta.
En el caso de que la solicitud sea presentada por el representante legal, hay que presentar además la escritura que acredite la calidad de representante legal y si es un arrendatario, debe sumar su cédula de identidad y el contrato de arriendo.
La autoridad destacó que los interesados en realizar quemas deben acudir a las oficinas receptoras de aviso de quema habilitadas por CONAF para tales fines, con al menos un día de anticipación. Además, es necesario visitar la página de CONAF www.conaf.cl para obtener información sobre los días y horarios permitidos y conocer si existe suspensión del uso del fuego para evitar penas y multas.