El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a Hristo Ignacio Alarcón San Martín y Bruno Alfredo Echaniz San Martín a las penas de cumplimiento efectivo de 7 años y 5 años y un día de presidio, respectivamente, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en la comuna, en mayo del año pasado.

En fallo unánime (causa rol 91-2023), el tribunal –integrado los magistrados Laura Puentes Norambuena (presidenta), Verónica Ramírez Mufdi y Daniel Ocampo Rubio (redactor)– condenó, además, Echaniz San Martin a la pena de 541 días de reclusión y suspensión de cargo u oficio público por igual lapso, como autor del delito consumado de tenencia ilegal de municiones.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 17 horas del 17 de mayo de 2023, “(…) Hristo Ignacio Alarcón San Martín se encontraba en su casa ubicada en (…) villa Arauco Santa Cruz, momento en que fue interrumpido por funcionarios de Policía de Investigaciones atendida la orden de entrada y registro que contaban respecto de dicha casa, en persecución y análisis de una investigación por una supuesta venta de drogas, como en un domicilio anexo que sería de acopio. Estos antecedentes fueron otorgados previamente por un sujeto que se acogió al art. 22 de la ley 20.000.

Encontrándose funcionarios de la policía de investigaciones en dicho proceder, llega al domicilio de (…) villa Arauco Santa Cruz, Bruno Alfredo Echaniz San Martín, comenzando con el registro del inmueble que constaba de dos pisos, hallando un total de $350.000 en un refrigerador. Asimismo, se descubrió una gran cantidad de bolsas de nylon pequeñas, conocidas para distribuir eventualmente droga. En un dormitorio de la primera planta se encontraron cuatro bolsas con cafeína, además la suma de $30.000, una balanza pequeña color gris con una bolsa de nylon que tenía un polvo blanquecino con apariencia de cocaína y asimismo, un calcetín que tenía guardado ocho cartuchos de escopeta, calibre 12, de diversos colores. Continuando con el segundo piso, a simple vista se ubicó una cartera de género que tenía en su interior hierba seca, encontrando asimismo en el entretecho, una bolsa de nylon que mantenía hierba seca en su interior con apariencia de marihuana, a la cual se le practicó prueba de campo narco test de cloración pardo-rojizo positivo a la presencia THC, agente activo de la cannabis sativa, arrojando un total ambas bolsas de 44,7 gramos.

En paralelo con la información otorgada de que Hristo y Bruno mantenían como lugar de acopio la casa ubicada en calle Arturo Prat (…), Santa Cruz, los funcionarios efectuaron la diligencia de ingreso a dicho domicilio, ya autorizado previamente por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, forzando el ingreso a las 19:50 horas aproximadamente, encontrando en el interior de uno de los dormitorios un colchón con ropa de cama y a los pies de esta, una caja de plástico que mantenía a su vez, una caja de cartón en cuyo interior se encontró cuatro bolsas Ziploc contenedoras de un polvo blanquecino con apariencia de cocaína. Asimismo y dentro de esa misma caja se encontraron dos objetos con apariencia de cocaína comprimidos en cinta adhesiva color café, conocidos comúnmente como ladrillos. Se le practicó prueba de campo por separado, arrojando coloración azul positivo para cocaína base y coloración positiva a la presencia de clorhidrato de cocaína respectivamente. El peso total de la cocaína base fue de 3,829 kilos, en tanto que los ladrillos arrojaron entre ambos un total de 2,152 kilos. Para finalizar dentro de la casa de acopio se encontró una balanza.

Hristo y Bruno no contaban con algún tratamiento que requiriera el uso de estos estupefacientes y por el tipo de drogas no estaban autorizados por institución alguna para su distribución y acopio”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de la droga, dinero, cartuchos de escopeta y balanzas incautadas en el procedimiento.

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Por tribuna