El Tribunal Constitucional rechazó el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Defensoría Penal Pública (DPP), que buscaba evitar -en caso que sea condenado por los delitos que se le imputan- que el exalcalde de San Fernando, Luis Berwart, quede inhabilitado de por vida para ejercer cargos públicos, tal como establece el artículo 28 del Código Penal.

Según señala el fallo, todos los ministros del pleno coincidieron en mantener la “inhabilidad perpetua”, respaldando su constitucionalidad y proporcionalidad. Sólo algunos estuvieron por acoger parcialmente el requerimiento, pero únicamente en lo referido al derecho a sufragio, sin alterar la sanción principal.
Cabe destacar que la Defensoría Penal Pública había argumentado que dicha pena accesoria resultaba ilegítima y desproporcionada, generando una suerte de “muerte civil” al privar de forma perpetua y sin posibilidad de revisión los derechos civiles y políticos del imputado, afectando así su posibilidad de ejercer una profesión u oficio, así como su vocación política.

No obstante, tras los alegatos del Ministerio Público, el Consejo de Defensa del Estado y la Municipalidad de San Fernando, el Tribunal Constitucional determinó que el hecho de que la inhabilitación sea más prolongada que la pena corporal no constituye desproporción por sí misma, ya que busca evitar que personas condenadas por graves delitos de corrupción vuelvan a ocupar cargos públicos para su propio beneficio, protegiendo de esta forma el patrimonio y la confianza de la ciudadanía.

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Por tribuna